Nuestro estudio, representando a V.A.G.R. interpuso recurso de protección debido al alza ilegal que pretendió efectuar Isapre Cruz Blanca en su contra por la incorporación de su hijo recién nacido. En este contexto la Ilustrísima Corte confirmó el parecer jurídico sostenido por nuestro profesional estimando que la normativa que habilitaba a la Isapre para justificar el alza del plan había sido declarada insconstitucional por el Tribunal Constitucional y por tanto debía entenderse derogada. Así, no contando con fundamento normativo que amparase la decisión de la Isapre se estimó arbitraria e ilegal el alza.
Esta sentencia no sólo nos deja conformes como estudio por el caso particular sino porque viene a confirmar la postura de los Tribunales Superiores de Justicia en orden a proteger la maternidad con base al principio de no discriminación arbitraria.