Este martes 27 de octubre, se produjo el fallo del recurso de nulidad Rol Laboral Cobranza- 99-2020, donde la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de nulidad interpuesto por nuestro abogado y de esta manera anuló la sentencia de fecha 04 de marzo de 2020 dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco.
Tal como sostenía nuestro profesional, el Tribunal Superior estimó que la sentencia del Juzgado del Trabajo incurría en infracción de ley ya que se había dado por justificado un despido cuya motivación, respecto de la causal del artículo 161 del Código del Trabajo, era genérica y no pertinente específicamente a la trabajadora. En efecto la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo expresaba que “cuando la ley exige indicar los hechos no establece que ellos sean pormenorizadamente señalados en la carta” y toleraba que se invocasen hechos “aún genéricamente”, situación que contravenía el criterio jurisprudencial que ha interpretado que el artículo 162 del Código del Trabajo impone al empleador la obligación de señalar en la carta de despido “hechos de carácter objetivo y específicos de la labor realizada” por el trabajador “y no de carácter general”.
De esta forma nuestro estudio ha logrado revertir un caso que en primera instancia había desfavorecido a una trabajadora quien obtendrá las indemnizaciones que en derecho corresponden.